El sindicato de la CGT Correos Tarragona informa a los trabajadores de la provincia de Tarragona que en el III Convenio Colectivo (artículo 10) y en el A (articulo), Correos ha adoptado como principio de solución de conflictos; el principio de la condición ms beneficiosa para el trabajador.
El precepto dice así:
“Articulo 10. Principio de la condición más beneficiosa.
Recordaros que este artículo nos habilita, ante el empeoramiento de nuestras condiciones laborales y salariales que las Organizaciones Sindicales puedan pactar con Correos en las distintas Comisiones a desarrollar conforme al citado Convenio, para interponer las pertinentes denuncias y que así Correos se acostumbre a respetar nuestros derechos.